El carácter integrador de la legislación y de los instrumentos de gestión ambiental y la competencia exclusiva y excluyente de la Superintendencia del Medio Ambiente para la fiscalización, seguimiento y sanción de los instrumentos de gestión ambiental...

Autores/as

  • Leslie Cannoni Mandujano Universidad de Chile
  • Cristóbal Osorio Vargas Universidad de Chile
  • Felipe Riesco Eyzaguirre Pontificia Universidad Católica de Chile

Resumen

La Ley N° 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente, modelo que se profundizó con la publicación de la Ley N° 20.417, que “Crea el Ministerio, el Servicio de Evaluación Ambiental y la Superintendencia del Medio Ambiente”, establece un régimen integrador de la legislación ambiental y de los instrumentos de gestión ambiental en ella contenidos, en cuanto consideran diversos aspectos sectoriales en su generación. El artículo concluye que el gran avance de la nueva institucionalidad ambiental es haber radicado en la Superintendencia del Medio Ambiente la fiscalización y sanción de los instrumentos de gestión ambiental señalados en el artículo 2° de la Ley Orgánica de la Superintendencia del Medio Ambiente, como solución a la dispersión y superposición de las potestades de fiscalización y sanción que ocasionan graves perjuicios y falta de certeza jurídica a los regulados; asegurando coherencia normativa y rectora de la fiscalización ambiental del país.

Palabras clave:

Legislación Ambiental, fiscalización y sanción ambiental, carácter integrador de la legislación ambiental, Superintendencia del Medio Ambiente